Declaración Jurada Patrimonial
6/11/17
DESTINATARIO: TOTALIDAD DE DEPENDENCIAS
PROCEDENCIA: SUPERINTENDENCIA GENERAL DE POLICÍA (DIRECCIÓN DE PERSONAL- REGÍMENES POLICIALES)
FECHA: 01 DE NOVIEMBRE DE 2017
Por el presente se lleva conocimiento a la totalidad del personal que se encuentra habilitado el acceso para la carga de la declaración jurada patrimonial, de los efectivos policiales que no la han cumplimentado a la fecha, ante la Auditoría General de Asuntos Internos.
La misma se encuentra a disposición en la página www.miportal.mseg.gba.gov.ar Declaraciones Juradas.
Ello de conformidad a lo dispuesto en Resolución n°992 de fecha 19 de abril de 2017, donde se estableció que los efectivos policiales que revisten en las jerarquías de Oficial Principal y Oficial Inspector, o sus equivalentes, y la totalidad del personal que preste servicios, en la Superintendencia de Investigaciones del Trafico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado y en la totalidad de las Áreas que de ella dependen, debían realizar la Declaración Jurada Patrimonial ante Auditoría General de Asuntos Internos, debiendo contener la información correspondiente a la situación patrimonial del agente al 31 de diciembre del ejercicio anterior al que se presenta la misma. CONOCIMIENTO Y ESTRICTO CUMPLIMENTO. Fdo. FABIAN PERRONI Comisario General Superintendente General Superintendencia General de Policía.
Preguntas frecuentes
¿Quién es sujeto obligado para presentar la declaración jurada patrimonial ante la Auditoría General de Asuntos Internos?
Son sujetos obligados a presentar la declaración jurada patrimonial, aun cuando se desempeñen en el cargo en forma transitoria, el personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires con categoría igual o superior a la de Oficial Inspector, o sus equivalentes, como asimismo la totalidad del personal policial que preste servicios, sin importar la jerarquía o función en la Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado y en la totalidad de las áreas que de ella dependen.
¿Qué tipo de declaración jurada se debe presentar?
- INICIAL: Se presenta dentro de los 30 días hábiles de notificado el acto administrativo de designación del cargo.
- FINAL: Se presenta dentro de los 30 días hábiles de notificado el acto administrativo de cese en el cargo.
- ANUAL: Se presenta hasta el 30 de junio de 2017 y deberá contener la información correspondiente a la situación patrimonial del agente al 31 de diciembre de 2016.
- RECTIFICATORIA: Se presenta en caso de error u omisión.
- ACLARACIÓN: No corresponde hacer la declaración jurada del año 2016 a aquellos oficiales inspectores que ascendieron el 1/01/2017.
¿Cuál es la fecha límite para presentar la declaración jurada patrimonial ante la Auditoría General de Asuntos Internos?
La declaración jurada patrimonial deberá presentarse vía web, a través del formulario que se encuentra a disposición en la página de REDPOL – Mi Portal MSEG, hasta el 30 de junio de2017.
¿Dónde se debe presentar la constancia que emite el sistema?
La constancia deberá ser presentada ante la Dirección de Personal de la dependencia donde reviste para ser incorporada en su legajo personal.
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