2021 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA CREACIÓN DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES



INTRODUCCIÓN A LA HERÁLDICA

RELACIÓN CON LOS EMBLEMAS POLICIALES Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA:

16/03/21

 



Desde siempre las diversas instituciones han pretendido identificarse con elementos representativos de su actividad y distinguirse de las demás a partir de piezas particulares que le otorguen identidad intrínseca, ya sea un uniforme, un escudo, una bandera. En el caso concreto de la Policía de la provincia de Buenos Aires posee una extensa y prolongada tradición en diversos simbolismos, que a lo largo del devenir histórico le fueron otorgando sus rasgos característicos.

Los escudos o emblemas son piezas que tienen la pretensión de identificar a un apellido, a una familia noble, a una casa real, a una personalidad religiosa, a una dependencia militar, a una región geográfica, a una dependencia policial. Un sinónimo de la palabra escudo es la palabra "blasón" de donde deriva el verbo "blasonar", que significa describir en forma técnicamente correcta un escudo de armas consignando su formato, esmaltes, leyendas, piezas honorables, muebles o cargos (figuras) empleando un lenguaje que consta de un glosario de términos que aporta la misma escuela heráldica española. Entre los varios nombres que recibe la "heráldica" como sinónimos tenemos: "arte del blasón", "ciencia del blasón", "arte de los escudos de armas", "ciencia de los armoriales,". Por un lado, la heráldica es una ciencia, ya que se encuentra sujeta a leyes específicas de diseño que imperan en su universo; y por otro lado es un arte, porque desde antaño se designaban personas específicas para diseñar, de acuerdo a instrucciones recibidas, las "armas" con las que venía dotado un escudo o blasón.

Es importante destacar que las banderas y estandartes constituyen también elementos identificatorios, en igual rango que los blasones, sólo que su análisis se realiza a través de su ciencia especifica: la vexilología.

Con el surgimiento de nuevas dependencias en el seno de la Institución las mismas han deseado otorgarle identidad funcional u operativa a la actividad que despliegan sus integrantes, y de esa forma diferenciarse del resto en forma específica, sin perder la noción de un todo institucional.

No debemos soslayar un dato fundamental: si bien nuestra Policía ha adoptado las leyes propias de la ciencia heráldica española, éstas siempre deben aplicarse no a piezas genealógicas o nobiliarias sino a dependencias policiales que poseen su operatividad y funcionalidad propia y que, por consiguiente, en muchos o casi todos los casos se alejan de las características propias de la tradición de los blasones o escudos españoles en cuanto a diseño, divisiones, particiones, esmaltes, muebles o cargos, entre otros.

Por ello, una manera de contribuir a allanar el camino a las distintas dependencias que requieren la aprobación de piezas emblemáticas es enunciar los puntos a considerar en cuanto a formato, esmaltes o figuras, que sugerimos respeten los escudos o emblemas que se envíen para someter a análisis, entendiendo que de esta manera se unificarán los criterios imperantes y se contribuirá a una mayor agilidad de trámite en referencia a los mismos.

LA ESCUELA HERÁLDICA ESPAÑOLA Y SU POSTERIOR APLICABILIDAD A LA HERÁLDICA POLICIAL:

La ciencia heráldica encuentra sus orígenes como un desprendimiento de la genealogía, es decir la ciencia del estudio de las dinastías y familias que conforman un linaje y se halla íntimamente relacionada al surgimiento de los "apellidos" cuando surgió la necesidad de identificarlos con figuras representativas de los mismos; por ejemplo, Ríos, Torres, Castillo, Cadenas, etc.

En la España medieval de finales del siglo XII y principios del siglo XIII aparece en las cortes de los diversos reinos la figura de los llamados "heraldos" que además de cumplir funciones de mensajeros, eran quienes tenían a su cargo la construcción y el diseño de los escudos que iban a representar a las familias nobles y a las familias "regias" (reales) como así también a los caballeros que participarían en determinadas campañas o cruzadas o los célebres torneos de caballería, con el fin de distinguir a unos de otros.

Otra función de los heraldos era "dotar de armas"; es decir, determinar las figuras que identificaban a un apellido, a una casa reinante, a una región geográfica. En la actualidad, dicha expresión se refiere a distinguir a un determinado estamento policial.

Esto no significa en absoluto que las figuras que se aprecien en el interior del campo del escudo tengan necesariamente que ser armas, sino que se entiende por tal aquellas figuras que identifican a ese apellido o a esa dependencia y que representan las armas con la que esa familia identifica los valores con los que pretende "defenderse". Es importante recordar que más allá de su función identificatoria y sus características artísticas, un escudo fue en sus comienzos un arma de defensa y protección.

En relación a nuestra Institución, en el período de la Reorganización Policial entre finales del siglo XIX y comienzos del XX por fuerza de la costumbre se adoptaron en general los lineamientos emergentes de la denominada Escuela Heráldica Española.

Actualmente, es en el Museo Policial "Inspector Mayor Doctor Constantino Vesiroglos" donde se reciben las piezas administrativas y el cual, como organismo técnico asesor, emite opinión respecto a si las mismas cumplen con los postulados heráldicos.

FORMATO DE LOS ESCUDOS:

Las distintas escuelas heráldicas han presentado diversos formatos de escudos o emblemas: español, inglés, francés, italiano, ruso, polaco, portugués, etc., teniendo en cuenta, por lo general, los materiales con los cuales eran confeccionados.

Policialmente los más usados han sido: el francés antiguo (su modelo tradicional y sus variedades), el español, el escudo ovalado, el escudo circular y el ojival invertido. De hecho, para la confección del escudo que representa a la Policía de la provincia de Buenos Aires se ha adoptado una variedad del formato francés antiguo. No existe hasta la actualidad un criterio heráldico que unifique el formato que deben presentar los mismos, quedando librada su elección a la dependencia que lo propicia.

LOS ESMALTES HERÁLDICOS:

La tradición heráldica española emplea para el diseño de sus escudos de armas siete esmaltes que se clasifican en cinco esmaltes-color y en dos esmaltes-metal los cuales han tomado nombres específicos por influencia de la cultura árabe al momento de su instalación en la península ibérica. Tales esmaltes resultan ser:

Esmaltes-color: azur también llamado lazur o blazur (azul), gules (rojo), sinople (verde), sable (negro) y púrpura (violeta). Esmaltes-metal: oro (dorado) y plata (plateado).

Además de los esmaltes consignados existe el caso especial del esmalte blanco que, si bien no forma parte de la tradición heráldica española, repetidas veces ha aparecido en los escudos de armas. Esta presencia se ha dado en dos situaciones diferentes: simbolizando la idea de puro o inmaculado o bien relacionándolo con el esmalte-metal plata.

Por influencia de otras escuelas heráldicas, pueden aparecer en los escudos españoles esmaltes que no son propiamente de la raigambre emblemática hispánica, pero que son igualmente usados en ella. Estos son principalmente el color bordeaux también llamado "borravino" (por influencia de la escuela heráldica francesa) y el color "orange" (naranja o anaranjado), que proviene de la escuela heráldica de los Países Bajos.

En referencia a los esmaltes subsiste una situación particular al representar una determinada figura, por ejemplo una figura animal o vegetal o inclusive una figura de una parte del cuerpo humano, un brazo o una mano, se utiliza la expresión heráldica al momento del blasonamiento diciendo "de su color". Por ejemplo, si describiésemos un escudo conformado por su campo en esmalte-color rojo y en el centro del mismo una mano con el puño cerrado sosteniendo una antorcha en esmalte-metal oro, blasonaríamos: "Trae por armas: en campo de gules, una mano cerrada "de su color" (color piel) sosteniendo una antorcha de oro" Y lo mismo ocurriría con el color del pelaje de un animal determinado.

Como corolario con respecto a los esmaltes heráldicos aclaramos que se pretende que los mismos al momento de ser empleados sean colores "plenos" o "puros" sin variabilidad cromática, evitando el pasaje a gamas de color. Es decir que si decimos azul, debe ser un azul puro y no "azulado"; si decimos rojo, debe ser un rojo pleno y no "rojizo" y si decimos verde debe ser un verde pleno y no "verdoso".

Resultan también permitidos los denominados "colores patrios": azul-celeste y blanco.

DOS LEYES HERÁLDICAS FUNDAMENTALES:

En razón de ser una disciplina auxiliar de la historia, la ciencia del blasón o heráldica se encuentra ajustada a sus propias leyes específicas al momento de la conformación de los escudos de armas, pero básicamente posee dos leyes principales que son las que en materia de heráldica policial solemos aplicar con mayor asiduidad.

La primera es la denominada "Ley de la plenitud". Ella establece que si dentro del campo del escudo se ha de utilizar para identificar a una dependencia una sola figura (supongamos un arma de fuego, un arma blanca, un animal, etc.), dicha figura debe ir colocada exactamente en el centro del campo del escudo, no pudiendo ocupar la parte superior o la parte inferior o alguno de los dos flancos (diestro o siniestro) de la pieza.

La segunda ley en esta especialidad es la que nos hace saber que al momento de blasonar "…Nunca debe colocarse un color sobre otro color o un metal sobre otro metal. Siempre debe ser metal sobre color o color sobre metal". Esto significa, por ejemplo, que si el campo del escudo es de color azul no podemos superponerle unas ramas de laureles de color verde, porque estaríamos superponiendo verde sobre azul; sí podrían ser las hojas de metal oro o de metal plata para respetar esa ley.

CARACTERÍSTICAS DE LOS ESCUDOS:

Esta disciplina se ha caracterizado por presentar una serie de rasgos o características que la han acompañado al momento de la composición de sus escudos que resultan ser: el equilibrio, la proporción, la armonía, la equidistancia, la elegancia, la simetría y la sobriedad. Esto quiere decir que no resulta necesario sobrecargar el escudo con la presencia con "muebles" (figuras) sino que, en la medida de lo posible debe tenderse a buscar o seleccionar figuras que posean un gran contenido simbólico de manera que una, dos o tres de ellas resulten suficientes para simbolizar la idea que se quiere transmitir.

DE LOS MUEBLES O CARGOS (FIGURAS) DEL INTERIOR DEL ESCUDO:

Se denomina en heráldica "muebles" o "cargos" a todas aquellas figuras que pueden asumir la naturaleza animal, vegetal, mineral o espiritual y que se encuentran dentro de los límites del campo del escudo. "Muebles" deriva del hecho de que, a diferencia de otras partes constitutivas del escudo, pueden "moverse" dentro del campo del escudo y ser "colocadas" o "ubicadas" según el criterio del diseñador para lograr ese equilibrio y armonía característicos.

Entre las figuras de naturaleza animal de la tradición heráldica española poseemos: caballo, vaca, zorro, lobo, oso, peces, halcón, águila, ciervo, bisonte, pavo real, flamenco, un ave denominada mirleta o merleta, gallo, perro, pantera, jaguar, leopardo, liebre, conejo que pueden asumir distintas posiciones según estén colocados.

Entre las figuras de naturaleza vegetal existen árboles, plantas, flores y, fundamentalmente, en el contexto de la heráldica militar o policial las ramas de laurel u olivo que tradicionalmente se representan de metal oro o plata y que simbolizan la gloria, el honor, el poder, el triunfo, la magnanimidad.

Entre las figuras de naturaleza mineral se destacan generalmente piedras, rocas, piedras preciosas o semipreciosas, diamantes, zafiros, rubíes, esmeraldas, etc.

Resulta mucho más rico el campo de las figuras de naturaleza material ya que tradicionalmente aparecen casas, puentes, banderas, castillos, palacios, torres, espadas, dagas, armas de fuego, embarcaciones, anclas, balanzas, libros, plumas para escribir, diplomas.

No escapan al terreno de los muebles o cargos las figuras de naturaleza fantástica o espiritual que también pueden ser utilizadas para componer el escudo: grifos, sirenas, dragones, animales fantásticos, ángeles, santos, vírgenes o cruces representativas de la religión.

En lo referente a la heráldica policial, cada dependencia tenderá a representar su funcionalidad u operatividad con la incorporación de objetos que son propios de su actividad y que muy probablemente se alejen de la tradición de los muebles de la raigambre hispánica.

DE LAS PARTES FUNDAMENTALES DEL CAMPO DEL ESCUDO:

El campo de un escudo de armas es el espacio delimitado o demarcado por su bordura exterior y dentro del cual el diseñador puede "colocar" o ubicar las figuras, leyendas y esmaltes que desee emplear. Sus partes fundamentales son: la superior denominada "Jefe", la parte central conocida como "Centro, corazón o abismo", la parte inferior denominada "Punta" y ambos flancos o laterales "Diestro y Siniestro". Por ello, al momento de blasonar se suele describir diciendo, por ejemplo: Trae por armas: En Jefe: la leyenda…. En Centro: una espada de oro. En Punta: la leyenda…A diestra y siniestra de la figura central: ramas de laureles.

DE LAS LEYENDAS:

Se denominan leyendas a todas las expresiones escritas que se encuentran dentro del campo del escudo de armas, aunque eventualmente puedan ubicarse fuera del mismo. Las leyendas son también consideradas armas con las que está dotado el escudo; es decir, poseen el mismo rango que las figuras, por lo tanto, deben ajustarse a las leyes que imperan para la utilización de los esmaltes. Por consiguiente, suponiendo que en un escudo determinado el campo sea de color azul, las leyendas deben ser doradas o plateadas para no superponer color sobre color o metal sobre metal.

En referencia a la grafía, se pueden utilizar todo tipo de caracteres para el formato de las letras siempre y cuando guarden concomitancia con la elegancia, la armonía y la sobriedad que destacamos precedentemente.

En el caso particular de las leyendas de naturaleza policial interesa destacar aquellas que consignan el nombre de la dependencia y a su vez la dependencia o mando de donde la misma depende y es criterio generalizado por una cuestión de identidad que entendemos ni siquiera en materia heráldica debemos soslayar, utilizar la leyenda: "Policía de la Provincia de Buenos Aires", puesto que es la que le otorga el carácter identificatorio propio a nuestra Fuerza al especificar el territorio en el cual desarrolla su actividad.

En este campo se encuentran las denominadas "voces" o "gritos de guerra" y las empresas o lemas que suelen ser leyendas que acompañan a las piezas de un escudo de armas como una forma de ornato o de complementar el simbolismo que sus piezas trasuntan, siendo usual la utilización de expresiones en griego o en latín. Como ejemplo podemos citar el escudo de armas que representa a la familia del Padre de la Patria, el General Don José de San Martín, cuyo diseño heráldico viene acompañado de una empresa o lema: "Ave María" y de una voz o grito de guerra que consigna: "Vivir se debe la vida de tal suerte que viva quede en la muerte".

Se sugiere en materia de heráldica policial que en la medida de lo posible de acuerdo al diseño del escudo las leyendas sean consignadas en los esmaltes-metal oro y plata.

DE LAS DENOMINADAS "LICENCIAS HERÁLDICAS" (PERMISOS):

Referimos que la heráldica resulta ser una disciplina auxiliar de la ciencia histórica y por lo tanto posee las leyes propias que describimos en párrafos anteriores. Sin embargo, al momento de blasonar o describir el escudo es posible que se permita que tales leyes sean soslayadas siempre y cuando el "conjunto heráldico" se presente armonioso, elegante y sobrio. En estos casos, se dice que se ha otorgado una licencia heráldica al permitir que no se cumplan alguna de sus leyes.

Es por ello que el gran especialista español Don Luis F. Messía de la Cerda y Pita en su monumental tratado: "Heráldica Española. El diseño heráldico" califica a la heráldica como la "ciencia de las excepciones" en virtud de que, como dijimos, es posible que alguna de sus leyes no se verifique plenamente sin que esto signifique la invalidación de todo un diseño heráldico.

Con respecto a la heráldica policial se sugiere que al momento del diseño de los escudos de armas que identificarán a las distintas dependencias, si una determinada figura es de color y va a superponerse con el color del campo del escudo, sería conveniente contornear a la figura de un metal (oro o plata) o viceversa, si el campo del escudo es de metal y van a colocarse sobre él figuras de metal, contornear las mismas con un esmalte-color para no superponer metal sobre metal. Éste es un recurso heráldico muy utilizado para evitar las citadas superposiciones de esmaltes.


También se propone en materia de heráldica policial que al momento de elegir las figuras, las mismas resulten significativamente simbólicas de la especialidad policial que esa dependencia lleva a cabo siendo necesario que sea la dependencia impulsora la que al momento de propiciar una pieza emblemática que la identifique consigne los motivos de su elección, lo cual simplificará luego la tarea del blasonamiento.

DIRECCIÓN MUSEO POLICIAL   -   "INSPECTOR MAYOR DR. CONSTANTINO VESIROGLOS"
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