El Superintendente General de Policía de la provincia de Buenos Aires, Comisario General Pablo Alberto Bressi continúa con el reordenamiento de los componentes del uniforme policial contribuyendo a la imagen pública y procurando darle carácter institucional a los distintivos que identifican las capacitaciones profesionales en las distintas especialidades de la Policía, tanto para las que hayan sido reconocidas reglamentariamente por esta Institución, como así también para las que se aprueben en el futuro. Estas novedades se plasmaron a través del Boletín Informativo del 27 de enero de 2017, con la Resolución 236.
Así, se autorizó a los fines prácticos, la utilización de la letra “C1.”, “C2.”, “C3.” y siguientes, como equivalente de “Capacitación”, mientras que el número que le sigue es a los efectos cuantitativos. Del mismo modo, se efectivizó la utilización de las letras, guión y números “OA-1”, “OA-2”, “OA-3” y “OA-4” como equivalentes de “Operaciones Aéreas”, “DC-1” como equivalentes de “Dirección de Caballería”, “H-1”, “H-2”, “H-3”, “H-4”, “H-5,” “H-6”, “H-7” y “H-8” como equivalente de “Halcón”, “DI-1”, “DI-2”, “DI-3”, “DI-4”, “DI-5” y “DI-6” como equivalentes de “Dirección de Infantería”, “RE-1” como equivalentes de “Registro de Armas”, “PP-1” como equivalentes de “Policiamiento Predictivo”, “S-1”, “S-2”, “S-3”, “S-4”, “S-5”, “S-6”, “S-7”, “S-8”, “S-9”, “S-10”, “S-11”, “S-12” y “S-13” como equivalente de “Siniestral”, “I-1” como equivalente de “Investigaciones”, “N-1” como equivalente de “Narcotráfico”, “PC-1”, “PC-2”, “PC-3”, “PC-4”, “PC-5”, “PC-6”, “PC-7”, “PC-8” y “PC-9” como equivalentes de “Policía Científica”, “C-1” y C-2” como equivalente de “Comunicaciones”, “OI” como equivalentes de “Oficiales Instructores”, “AT” como equivalentes de “Armas y Tiro”, “VG” como equivalentes de “Violencia de Género” y “LP” como equivalentes de “Liceo Policial”, mientras que el número que le sigue es a los efectos cuantitativos, en el caso que corresponda, conforme al Anexo Único que acompaña la Resolución mencionada anteriormente.
La utilización de estos distintivos está autorizado en los uniformes protocolares gala y social (período verano – invierno) y a continuación de los distintivos identificatorios aprobados por Resolución Nº 1646/16, de acuerdo al orden de uso establecido en los Anexos XVI a XXIV de la citada resolución, ubicándose en forma sucesiva y siguiendo el orden de aprobación de la respectiva capacitación que el distintivo represente.
Al mismo tiempo, se debe respetar la forma rectangular de 30 mm. de ancho, 10 mm. de alto, 2 mm. de espesor y realizarse en material metálico recubierto por acabado acrílico transparente brillante con bordes lisos de color dorado de 1 mm.
La citada norma establece que a partir de los sesenta (60) días de publicación de la presente los distintivos de capacitaciones aprobados serán de uso obligatorio para el personal de las Policías de la provincia de Buenos Aires; al mismo tiempo, los Jefes de las unidades policiales serán únicos responsables de la supervisión de sus subordinados en cuanto a su uso y en los casos en que los utilicen sin la aprobación institucional mencionada anteriormente. En ambos casos, quien incurriera en alguna de esas faltas será sancionado según el Decreto N° 1050/09.
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